Supervisión
Conforme el Art. 19 y Art. 20 del Reglamento a la Ley de Cartografía Nacional "ATRIBUCIONES", informa que al Ministerio de Defensa le corresponde exigir al interesado presente una solicitud escrita indicando el objetivo y motivos de sus actividades. A la solicitud deberá acompañarse el Informe favorable del Instituto Geográfico Militar
Protocolos de supervisión de vuelo
A continuación, encontrará el protocolo de supervisión del vuelo, para la generación de cartografía ejecutada por terceros al IGM.
