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Registro

Reglamento a la Ley de Cartografía Nacional, Art. 46.- Registro. El Instituto Geográfico Militar mantendrá un registro de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, que realicen trabajos de fotografía aérea o levantamientos fotogramétricos, cartas y mapas temáticos, levantamientos catastrales y otros trabajos afines, así como de los equipos que posee.

                                            

Usuarios Registrados

A continuación, encontrará el listado de Personas Naturales y Jurídicas registradas en el Instituto Geográfico Militar para trabajos cartográficos

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Requisitos para Registro de Autorizaciones para trabajos Cartográficos

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